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Ratifica SMyT compromiso de salvaguadar la integridad de los usuarios de transporte público Especial

Ratifica SMyT compromiso de salvaguadar la integridad de los usuarios de transporte público

*Las unidades de transporte público deberán tener sus documentos y seguro de viajero vigentes

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La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) ratifica su compromiso de salvaguardar la integridad de los usuarios de transporte público, de ahí que realiza de manera permanente la supervisión de las unidades destinadas a la prestación de este servicio, a fin de comprobar el funcionamiento y seguridad de las mismas.

En caso que las unidades no brinden la seguridad necesaria a los usuarios, dichas concesiones ya no son refrendadas y los vehículos son retirados de la circulación o bien son remplazados.

Por lo que las unidades vehiculares que los concesionarios destinen al transporte de personas en la modalidad de servicio colectivo, portarán además de la documentación vigente que expide la propia Secretaría de Movilidad y Transporte, la póliza del seguro del viajero o documento del fondo de garantía autorizado por la propia institución.

La dependencia estatal aclara que las concesiones que se otorguen para la prestación de los servicios serán canceladas, entre otras causas, cuando el vehículo autorizado para prestar el servicio de transporte público provoque un accidente vial y los usuarios o terceras personas resulten con lesiones graves o la muerte.

En estos casos, será la autoridad competente quien determine la responsabilidad de los involucrados, en tanto las partes interesadas deberán acudir a las instancias correspondientes para iniciar los procedimientos administrativos que haya lugar.

Asimismo, las concesiones podrán ser suspendidas, independientemente de la multa a que se haga acreedor el concesionario o conductor, cuando se acumulen más de tres infracciones por el mismo concepto durante un ejercicio fiscal.

Cabe precisar que la suspensión y cancelación de las concesiones será declarada por el secretario, previo procedimiento, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, por lo que las personas físicas o morales, a quienes se les haya cancelado una concesión, quedan imposibilitadas para obtener otra.

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