¡Síguenos!La dependencia informó que brindará orientación y ayuda consular a las familias de connacionales que hayan fallecido en el exterior. En ese sentido, indicó que dentro de la guía se da a conocer el proceso para la repatriación de personas que hayan fallecido por COVID 19.
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Para la disposición final del cadáver, la guía subraya que ésta debe ser preferiblemente mediante cremación puesto que las cenizas representan un menor riesgo en términos sanitarios y también un costo financiero menor.
Sin embargo, en caso de que la familia opte por la inhumación en México, la funeraria en el país donde ocurrió el deceso debe cumplir con los lineamientos de manejo general y masivo de cadáveres por COVID-19 en México.
La SRE subrayó que en caso de requerir apoyo económico para el traslado de los restos o cenizas, se debe comprobar la imposibilidad financiera de los familiares de la persona fallecida.
En caso de ser aprobada la solicitud, los recursos que aporte el Gobierno de México, mediante sus representaciones en el exterior, serán para cubrir únicamente los servicios básicos de traslado y el embalsamamiento o cremación y los apoyos serán entregados a las empresas prestadoras de servicios.
La SRE hizo hincapié en que si los familiares de la persona fallecida no se encuentran en el lugar del deceso, es necesario dirigir un correo a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.