¡Síguenos!En Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia y de Igualdad de Género, se aprobó el Dictamen para adicionar la sección sexta, sobre violencia digital, así como el artículo 23 Bis de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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La reforma es para incluir la violencia digital, generada a través de la difusión de contenido sexual o que denigren a una persona, en la ley.
Con esta reforma se prohibirá la divulgación de textos, fotografías, videos, impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, de contenido violento, erótico o sexual, que se realice sin el consentimiento de la mujer.
La iniciativa fue presentada por la diputada Nora Merino Escamilla para reformar dicha ley, fue aprobada por unanimidad de votos por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, Igualdad de Género, y Procuración y Administración de Justicia.
“Esta iniciativa quedó en la ley para sancionar cualquier acto de violencia contra las mujeres ejercida mediante cualquier acto de acoso, hostigamiento, amenaza o intimidación, insultos, vulneración de datos, mensajes de texto, fotografías y videos”, puntualizó.